Atención de contingencias en los recursos naturales


Atención de contingencias en los recursos naturales____________________

Existen fenómenos meteorológicos, geológicos, químicos y biológicos que pueden provocar cambios drásticos en los ecosistemas y, por ende, en los recursos naturales, e incluso pueden llegar a tener un efecto importante sobre las poblaciones de varias especies. Además de esos fenómenos naturales, el manejo incontrolado de sustancias contaminantes que genera la industrialización y la construcción de obras que modifican el funcionamiento de los ecosistemas, han aumentado y diversificado los peligros a los que están sujetos el ambiente y los recursos naturales.

Cuando ocurre alguno de los fenómenos anteriores, se presenta lo que se conoce como contingencia ambiental, la cual, conforme a la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, se define como una situación de riesgo derivada de actividades humanas o fenómenos naturales que puede poner en peligro la integridad de uno o varios ecosistemas.

Las contingencias en materia de recursos naturales tienen efectos importantes sobre los recursos bióticos (normalmente se trata de mortandad en distintas especies) y, en muchas ocasiones, no es posible determinar con rapidez su causa.

Instrumentos normativos para la atención de contingencias

PROCODES
El 29 de diciembre de 2013 se publicó el "Acuerdo por el que se establecen las Reglas de Operación del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible (PROCODES)". En este acuerdo se define el "PROCODES de contingencia ambiental", como "Mecanismo del PROCODES para prevenir, mitigar y restaurar las situaciones de riesgo, derivadas de actividades humanas o fenómenos naturales, que pueden poner en peligro la integridad de uno o varios ecosistemas de las Regiones Prioritarias." Asimismo, en el "Anexo 2" se indica que los recursos del Programa se destinarán para el establecimiento, activación y apoyo de brigadas comunitarias para prevenir, mitigar y restaurar las situaciones de riesgo derivadas de la presencia de incendios forestales, actividades humanas o fenómenos naturales que ponen en peligro la integridad de uno o varios ecosistemas"... y que "En el caso de tratarse de contingencias ambientales, derivadas de fenómenos meteorológicos, tales como: inundaciones, tormentas, tornados, huracanes o derivadas de actividades humanas como los encallamientos, entre otros, se podrán destinar recursos para la constitución de brigadas comunitarias para iniciar de manera directa con la ejecución de acciones y operativos necesarios para enfrentar el desarrollo o presencia de la contingencia y posteriormente se podrán llevar a cabo las actividades de restauración y rehabilitación de los ecosistemas que hayan sido afectados en la Región Prioritaria".

La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) ejecuta el programa PROCODES a través de la Comisión Nacional de Areas Naturales Protegidas

Protocolo de atención para varamiento de mamíferos marinos

El 17 de Junio de 2014 se publicó el "Acuerdo mediante el cual se expide el Protocolo de atención para varamiento de mamíferos marinos" mismo que en su sección de Considerando indica que la Ley General de Vida Silvestre "… prevé disposiciones sobre trato digno y respetuoso a la fauna silvestre a efecto de disminuir la tensión, sufrimiento, traumatismo y dolor de los ejemplares y que, ordena expresamente en su artículo 60 Bis que para el caso de varamiento de mamíferos marinos se procederá siempre a lo determinado en el “Protocolo de atención para varamiento de mamíferos marinos”.

En el Artículo 1 se indica que el Protocolo tiene como finalidad establecer las bases y procedimientos comunes para la atención de varamiento de mamíferos marinos en la zona costera del territorio nacional y la conservación de las poblaciones, evitando afectación a los ecosistemas, a la sanidad animal y a la salud pública. Es de aplicación obligatoria en todo el Territorio Nacional para las autoridades de los gobiernos federal, estatal y municipal involucradas en la atención a varamiento de mamíferos marinos, así como para los grupos voluntarios de apoyo que puedan participar.

La SEMARNAT, por conducto de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), es la encargada de coordinar y, en su caso, ejecutar su aplicación y verificación, con la intervención que, por razón de competencia, corresponda a otras dependencias de la administración pública federal, estatal o municipal, así como con la participación de los grupos voluntarios de apoyo en los términos del instrumento.

Por otra parte, la PROFEPA informa que para la atención de contingencias sobre los recursos marinos opera en cuatro líneas principales y complementarias: preverificación, que busca disminuir los riesgos latentes, es decir el monitoreo de factores ambientales y actividades antropogénicas antes de que llegue a presentarse una contingencia; atención de emergencias para enfrentar, controlar y resolver las situaciones de emergencia; seguimiento de las medidas de restauración y mitigación; y evaluación del conjunto de acciones.

En su atención pueden intervenir, bajo la coordinación de la PROFEPA, entidades de la administración pública federal, estatal y municipal, así como organizaciones sociales y privadas, lo mismo que representantes de la comunidad científica.

 

 

 

Fuente: Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Subprocuraduría de Recursos Naturales, Mayo, 2015.

Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, Informe Trianual 1995-1997, Profepa, Semarnap, México, 1998.

Presidencia de la República, Decreto por el que se expide el Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Diario Oficial de la Federación, México, 26-11-2012.

Presidencia de la República, Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, Diario Oficial de la Federación, México, reforma 05-07-2007.

Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Acuerdo por el que se establecen las Reglas de Operación del Programa de Conservación para el Desarrollo Sostenible (PROCODES), Diario Oficial de la Federación, México, 29-12-2013.

Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), Recursos marinos, Atención de contingencias sobre recursos marinos, consultado en
http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/1383/1/mx/atencion_a_contingencias_sobre_recursos_marinos.html, 21-04-2015.